LA JUSTICIA NOS DIO LA RAZÓN

Lunes, 20 Noviembre 2017

Confirmó que ADEF es la única organización con Personería Gremial que representa a todos los empleados de Farmacia, profesionales o no.

La Asociación de Empleados de Farmacia ha obtenido de la Justicia un fallo favorable de notable trascendencia. En el juicio que se llevaba a cabo contra el Sindicato Argentino de Farmacéuticos (SAFYB), que pretendía excluir a la ADEF de la representación de los trabajadores  profesionales, la Sala VI de la Cámara de Apelaciones del Trabajo nos dio la razón.

Ante los tribunales, la ADEF había sostenido firmemente que: “los trabajadores farmacéuticos no están desamparados ni desatendidos por la entidad sindical de actividad que es la ADEF, que representa esos intereses profesionales a través de la negociación colectiva y en la defensa concreta de los mismos ejercida por la recurrente, concluyendo que no existen intereses sindicales diferenciados que justifique partir, fragmentar o aniquilar la personería gremial colectiva de todos los trabajadores empleados de farmacia, que atenta contra el modelo sindical argentino que promociona el sindicato vertical por actividad”.

Entre los argumentos del fallo, el Juez Luis A. Raffaghelli, afirmó: “Debo señalar que el modelo de “personería gremial” en la legislación argentina es inescindible de la preferencia que el legislador otorgó al sindicato de actividad y los condicionamientos establecidos para el desplazamiento de éste, a fin de evitar la fragmentación sindical y consecuente enervación de la acción de aquel.
Por tanto surgiendo del diseño legislativo y experiencia histórica Argentina la promoción del sindicato de actividad, que deviene en la concentración de la fuerza sindical y la negociación, considero que no puede ceder ante la opinión de la Comisión de Expertos, sin desmedro de su jerarquía jurídica, pero que debe ser analizado en un conjunto sistémico, teniendo en cuenta los derechos sociales en juego.
La promoción legal del sindicato de actividad y de la unidad sindical en modo alguno implica embestir la libertad sindical ni quebrantar la telesis del Convenio 87. Por el contrario ésta se refuerza con un sindicato apto para representar y defender eficazmente las condiciones de vida y de trabajo de sus afiliados, propendiendo a la dignidad del trabajador como persona humana y que al mismo tiempo ubique al sindicalismo como un factor esencial de participación en el Estado social y constitucional de derecho”.

En virtud de lo expuesto, el 18 de junio de 2015, el Tribunal Resolvió rechazar la petición formulada por el SAFYB y reconocer a la ADEF como única entidad para representar a los profesionales farmacéuticos.

Víctor Carricarte
Secretario General

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